12.210 empresas se reactivarán en Medellín desde el lunes 11 de mayo

.: 201.461 trabajadores reanudarán labores con el regreso a operación de las nuevas actividades económicas autorizadas.
.: Algunas actividades de manufactura, servicios y mantenimiento, comercio al por menor y por mayor, tendrán permiso para operar.
.: Todas las empresas y empleados deberán ingresar sus datos en la plataforma Medellín Me Cuida.

Este lunes, 11 de mayo, volverán a operar 12.210 empresas en Medellín que generan 201.461 empleos formales. Así lo indican los cálculos realizados la Mesa Técnica de Medición de Impacto Económico, en la que participa la Alcaldía de Medellín y diferentes gremios empresariales.

Entre las empresas autorizadas se encuentran algunas del sector de la manufactura como la fabricación de vehículos automotores, productos informáticos, muebles, maquinaria y equipos. Además, compañías relacionadas con los servicios y mantenimiento de automotores, tecnología y maquinaria agrícola.

También están exentas algunas actividades del comercio al por mayor, específicamente de vehículos y autopartes, muebles y enseres domésticos, y al por menor, como es la distribución de productos para mascotas, materiales de construcción, ferretería, combustibles, libros, periódicos y artículos de papelería.

“Nuestro propósito desde la Alcaldía de Medellín es garantizar que todas estas empresas puedan operar sin descuidar la salud y el bienestar de todos nuestros habitantes”, señaló la secretaria de Desarrollo Económico, Paola Vargas González.

Las empresas y sus empleados deberán registrar sus datos en la plataforma Medellín Me Cuida. Los empleadores deben adjuntar el protocolo de bioseguridad, que será revisado para verificar que se cumplan los requisitos que garanticen la salud y el bienestar de los trabajadores.

De igual manera, desde la Mesa Técnica de Medición de Impacto Económico se afirma es que urgente incentivar estrategias de horarios escalonados en las empresas para evitar aglomeraciones en el transporte público y sitios comunes.

Vamos a trabajar de la mano del conglomerado público pero también de las empresas y los transportadores para garantizar que los puestos de trabajo tengan todos los requisitos necesarios para proteger al empleado, que pueda transportarse de manera segura, y que solo deba desplazarse a su oficina si es estrictamente necesario”, enfatizó la funcionaria.

Medellín continúa la ruta de la reactivación económica segura y controlada, siguiendo todos los protocolos de bioseguridad y las instrucciones ofrecidas por el Gobierno Nacional.

Por Luis Carlos Pérez Gómez.

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“Ninguna aerolínea está autorizada para vender tiquetes en Colombia después del 11 de mayo”, enfatiza el Presidente Duque

• Durante el especial de televisión ‘Prevención y Acción’, el Jefe de Estado recalcó que es el Gobierno Nacional el que tomará las decisiones sobre el uso del espacio aéreo.
• Con relación al restablecimiento de los vuelos, el Mandatario recalcó que esta será una decisión que “la tomaremos con el equipo científico, oportunamente, para que aquí nadie pretenda habilitar ese tipo de comercializaciones”.
El Presidente de la República, Iván Duque Márquez, dejó en claro este viernes que “ninguna aerolínea está autorizada para vender tiquetes en Colombia después del 11 de mayo”.
El anuncio lo hizo el Jefe de Estado en el especial de televisión ‘Prevención y Acción’, que se transmite por el Canal Institucional.   
Durante este espacio, el Mandatario recalcó que “nosotros hemos sido muy claros que quien determinará en qué momento se procede con tráfico aéreo será el Gobierno Nacional”.
“He sido claro que, hasta el final de la emergencia sanitaria, que vence el 30 de mayo, no hay vuelos internacionales en el país”, dijo.
Agregó que sobre “el restablecimiento de los mismos será una decisión que tomaremos con el equipo científico, oportunamente, para que aquí nadie pretenda habilitar ese tipo de comercializaciones”.
Con respecto a los vuelos nacionales, el Jefe de Estado fue enfático en decir que “ninguna aerolínea está habilitada para empezar a vender tiquetes dentro de nuestro país después del 11 de mayo. Quiero que ese mensaje sea muy claro y muy diáfano”.
“Nosotros hemos sido claros que aquí hay un Aislamiento Preventivo Obligatorio que va al 11 de mayo, pero, también, lo dije en este espacio, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria no se va a restablecer el transporte aéreo nacional”, puntualizó.
Explicó que el restablecimiento del tráfico nacional se analizará “con el Ministerio de Transporte para evaluar los protocolos, las condiciones, qué está pasando en el mundo. Estaremos trabajando con otras autoridades aeronáuticas de otros países de la región y de otros países con los cuales Colombia tiene alto tráfico, para conocer los estándares”.

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“Ninguna aerolínea está autorizada para vender tiquetes en Colombia después del 11 de mayo”, enfatiza el Presidente Duque

• Durante el especial de televisión ‘Prevención y Acción’, el Jefe de Estado recalcó que es el Gobierno Nacional el que tomará las decisiones sobre el uso del espacio aéreo.
• Con relación al restablecimiento de los vuelos, el Mandatario recalcó que esta será una decisión que “la tomaremos con el equipo científico, oportunamente, para que aquí nadie pretenda habilitar ese tipo de comercializaciones”.
El Presidente de la República, Iván Duque Márquez, dejó en claro este viernes que “ninguna aerolínea está autorizada para vender tiquetes en Colombia después del 11 de mayo”.
El anuncio lo hizo el Jefe de Estado en el especial de televisión ‘Prevención y Acción’, que se transmite por el Canal Institucional.   
Durante este espacio, el Mandatario recalcó que “nosotros hemos sido muy claros que quien determinará en qué momento se procede con tráfico aéreo será el Gobierno Nacional”.
“He sido claro que, hasta el final de la emergencia sanitaria, que vence el 30 de mayo, no hay vuelos internacionales en el país”, dijo.
Agregó que sobre “el restablecimiento de los mismos será una decisión que tomaremos con el equipo científico, oportunamente, para que aquí nadie pretenda habilitar ese tipo de comercializaciones”.
Con respecto a los vuelos nacionales, el Jefe de Estado fue enfático en decir que “ninguna aerolínea está habilitada para empezar a vender tiquetes dentro de nuestro país después del 11 de mayo. Quiero que ese mensaje sea muy claro y muy diáfano”.
“Nosotros hemos sido claros que aquí hay un Aislamiento Preventivo Obligatorio que va al 11 de mayo, pero, también, lo dije en este espacio, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria no se va a restablecer el transporte aéreo nacional”, puntualizó.
Explicó que el restablecimiento del tráfico nacional se analizará “con el Ministerio de Transporte para evaluar los protocolos, las condiciones, qué está pasando en el mundo. Estaremos trabajando con otras autoridades aeronáuticas de otros países de la región y de otros países con los cuales Colombia tiene alto tráfico, para conocer los estándares”.

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Por medio del Decreto 536 del 11 de abril, se elimina horario para entregas a domicilio, en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia del covid-19

• La medida regía, dentro de las normas expedidas que ordenan el Aislamiento Preventivo Obligatorio, para la comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mercados y otros, mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio.
• Este nuevo decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020.
Por medio del Decreto 536 del 11 de abril, el Gobierno Nacional eliminó el horario para la entrega de pedidos a domicilio, dentro del Aislamiento Preventivo Obligatorio ordenado en el territorio nacional para enfrentar la pandemia del coronavirus covid-19.
En ese sentido, el decreto firmado por el Presidente Iván Duque y por los 18 Ministros del Despacho, elimina el parágrafo 5 del Decreto 531 de 2020, que establecía un horario de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche para los domicilios, durante la extensión del Aislamiento Preventivo Obligatorio.
El horario regía para las excepciones 12 y 23 del Decreto 531 de 2020, relacionadas con “la comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal, y la comercialización de productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio’.
Mediante el Decreto 531 del 8 de abril de 2020 se ordenó el Aislamiento Preventivo Obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 27 de abril de 2020.

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Por medio del Decreto 536 del 11 de abril, se elimina horario para entregas a domicilio, en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia del covid-19

• La medida regía, dentro de las normas expedidas que ordenan el Aislamiento Preventivo Obligatorio, para la comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mercados y otros, mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio.
• Este nuevo decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020.
Por medio del Decreto 536 del 11 de abril, el Gobierno Nacional eliminó el horario para la entrega de pedidos a domicilio, dentro del Aislamiento Preventivo Obligatorio ordenado en el territorio nacional para enfrentar la pandemia del coronavirus covid-19.
En ese sentido, el decreto firmado por el Presidente Iván Duque y por los 18 Ministros del Despacho, elimina el parágrafo 5 del Decreto 531 de 2020, que establecía un horario de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche para los domicilios, durante la extensión del Aislamiento Preventivo Obligatorio.
El horario regía para las excepciones 12 y 23 del Decreto 531 de 2020, relacionadas con “la comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal, y la comercialización de productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio’.
Mediante el Decreto 531 del 8 de abril de 2020 se ordenó el Aislamiento Preventivo Obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 27 de abril de 2020.

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