Itagüí tiene directorio comercial para compras a domicilio

La Alcaldía de Itagüí a través de la Dirección de Desarrollo Económico creó un Directorio Comercial donde las personas podrán encontrar información ágil y oportuna de estos lugares y con sus números de teléfono para solicitar domicilios, esto con el fin de visibilizar a los empresarios, emprendedores y comerciantes para que puedan incrementar sus ventas durante el aislamiento preventivo obligatorio declarado por el Gobierno Nacional.

Esta estrategia pretende que los ciudadanos puedan encontrar fácilmente los datos de supermercados, minimercados, farmacias, carnicerías, tiendas para mascotas, establecimientos de comida, entre otros y puedan prestar el servicio a domicilio para que de esta manera las personas logren abastecerse sin salir de su casa.

Cabe destacar que en este directorio se estarían visibilizando al rededor de 1.141 establecimientos comerciales de la ciudad, además de estar discriminadas solo las actividades económicas de abastecimiento básico contempladas en el decreto 457/2020.

Con esto se abre la posibilidad para que los gremios y establecimientos que no se vean reflejados en el directorio envíen sus datos a través del correo electrónico desarrolloeconomico@itagui.gov.co o ingresen al formulario que se encuentra en el siguiente link https://bit.ly/34gAWLT y puedan ser incluidos.

»Para nosotros es muy importante apoyar en esta situación a los empresarios y comerciantes de nuestra ciudad que se han visto afectados significativamente, por eso generamos esta nueva estrategia que busca  impulsar su actividad económica y fortalecer sus ventas y de esta manera contribuir para que los Itagüiseños no salgan de sus casas». Afirmó Daniel González director de Desarrollo Económico de Itagüí.

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Por medio del Decreto 536 del 11 de abril, se elimina horario para entregas a domicilio, en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia del covid-19

• La medida regía, dentro de las normas expedidas que ordenan el Aislamiento Preventivo Obligatorio, para la comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mercados y otros, mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio.
• Este nuevo decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020.
Por medio del Decreto 536 del 11 de abril, el Gobierno Nacional eliminó el horario para la entrega de pedidos a domicilio, dentro del Aislamiento Preventivo Obligatorio ordenado en el territorio nacional para enfrentar la pandemia del coronavirus covid-19.
En ese sentido, el decreto firmado por el Presidente Iván Duque y por los 18 Ministros del Despacho, elimina el parágrafo 5 del Decreto 531 de 2020, que establecía un horario de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche para los domicilios, durante la extensión del Aislamiento Preventivo Obligatorio.
El horario regía para las excepciones 12 y 23 del Decreto 531 de 2020, relacionadas con “la comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal, y la comercialización de productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio’.
Mediante el Decreto 531 del 8 de abril de 2020 se ordenó el Aislamiento Preventivo Obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 27 de abril de 2020.

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Por medio del Decreto 536 del 11 de abril, se elimina horario para entregas a domicilio, en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia del covid-19

• La medida regía, dentro de las normas expedidas que ordenan el Aislamiento Preventivo Obligatorio, para la comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mercados y otros, mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio.
• Este nuevo decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020.
Por medio del Decreto 536 del 11 de abril, el Gobierno Nacional eliminó el horario para la entrega de pedidos a domicilio, dentro del Aislamiento Preventivo Obligatorio ordenado en el territorio nacional para enfrentar la pandemia del coronavirus covid-19.
En ese sentido, el decreto firmado por el Presidente Iván Duque y por los 18 Ministros del Despacho, elimina el parágrafo 5 del Decreto 531 de 2020, que establecía un horario de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche para los domicilios, durante la extensión del Aislamiento Preventivo Obligatorio.
El horario regía para las excepciones 12 y 23 del Decreto 531 de 2020, relacionadas con “la comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal, y la comercialización de productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio’.
Mediante el Decreto 531 del 8 de abril de 2020 se ordenó el Aislamiento Preventivo Obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 27 de abril de 2020.

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