Gobierno Nacional expide el Decreto 637, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el país

Entre las motivaciones de la declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, según del Decreto 637, está la protección de los puestos de trabajo, incluidos los formales, y también el sistema económico colombiano, afectados por la pandemia.

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional y por un término de 30 días calendario, con el fin de enfrentar la pandemia del coronavirus covid-19.

El Decreto, de cuatro artículos, firmado por el Presidente Iván Duque Márquez y los 18 ministros del gabinete, le permite al Gobierno Nacional adoptar, mediante decretos legislativos, “todas aquellas medidas adicionales necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos”.

Además, el Gobierno “dispondrá de las operaciones presupuestales necesarias para llevarlas a cabo”.

Según el Decreto 637, entre las motivaciones de la declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica está la protección de los puestos de trabajo, incluidos los formales, y también el sistema económico colombiano, afectados por la pandemia.

En efecto, la norma señala que mediante la Emergencia Económica se busca “mitigar la crisis ante la inminente destrucción sistemática de los puestos de trabajo con el impacto negativo que esto conllevaría en la economía, no sólo de las familias colombianas sino de todo el sistema económico colombiano”.

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Gobierno Nacional expide el Decreto 637, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el país

Entre las motivaciones de la declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, según del Decreto 637, está la protección de los puestos de trabajo, incluidos los formales, y también el sistema económico colombiano, afectados por la pandemia.

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional y por un término de 30 días calendario, con el fin de enfrentar la pandemia del coronavirus covid-19.

El Decreto, de cuatro artículos, firmado por el Presidente Iván Duque Márquez y los 18 ministros del gabinete, le permite al Gobierno Nacional adoptar, mediante decretos legislativos, “todas aquellas medidas adicionales necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos”.

Además, el Gobierno “dispondrá de las operaciones presupuestales necesarias para llevarlas a cabo”.

Según el Decreto 637, entre las motivaciones de la declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica está la protección de los puestos de trabajo, incluidos los formales, y también el sistema económico colombiano, afectados por la pandemia.

En efecto, la norma señala que mediante la Emergencia Económica se busca “mitigar la crisis ante la inminente destrucción sistemática de los puestos de trabajo con el impacto negativo que esto conllevaría en la economía, no sólo de las familias colombianas sino de todo el sistema económico colombiano”.

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Gobierno Nacional expide el Decreto 637, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el país

Entre las motivaciones de la declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, según del Decreto 637, está la protección de los puestos de trabajo, incluidos los formales, y también el sistema económico colombiano, afectados por la pandemia.

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional y por un término de 30 días calendario, con el fin de enfrentar la pandemia del coronavirus covid-19.

El Decreto, de cuatro artículos, firmado por el Presidente Iván Duque Márquez y los 18 ministros del gabinete, le permite al Gobierno Nacional adoptar, mediante decretos legislativos, “todas aquellas medidas adicionales necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos”.

Además, el Gobierno “dispondrá de las operaciones presupuestales necesarias para llevarlas a cabo”.

Según el Decreto 637, entre las motivaciones de la declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica está la protección de los puestos de trabajo, incluidos los formales, y también el sistema económico colombiano, afectados por la pandemia.

En efecto, la norma señala que mediante la Emergencia Económica se busca “mitigar la crisis ante la inminente destrucción sistemática de los puestos de trabajo con el impacto negativo que esto conllevaría en la economía, no sólo de las familias colombianas sino de todo el sistema económico colombiano”.

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Cualquier ciudadano puede conocer en detalle los $7,2 billones ejecutados en más de 68 mil contratos durante el Estado de Emergencia: Director de la Agencia Nacional de Contratación Pública

​• “Cada colombiano puede buscar su propio municipio o puede buscarlo por bienes como oxígeno o como tapabocas, y encontrar a qué precio se han adquirido; si estos constituyen sobrecostos, y tiene, a su vez, unos hipervínculos para hacer clic y reportar estas anomalías o irregularidades ante los órganos de control y la Fiscalía General de la Nación”, dijo el funcionario al referirse a la herramienta creada para tal efecto.

• “Cualquier empresario, sin licitación alguna, puede inscribirse en nuestra tienda virtual del Estado colombiano y convertirse en proveedor de los bienes y servicios que sirven para mitigar la pandemia”, indicó.

El Director General de la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente, José Andrés O’Meara, afirmó que cualquier ciudadano tiene la posibilidad de “conocer en detalle los 7,2 billones de pesos que se han ejecutado, a partir del 17 de marzo y hasta el día de hoy, en más de 68 mil contratos”.

O’Meara, quien este jueves participó en el espacio televisivo ‘Prevención y Acción’, que orienta el Presidente Iván Duque, dijo que desde el 17 de marzo, cuando se decretó el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, la entidad a su cargo se dedicó a construir la herramienta www.colombiacompra.gov.co, para que los ciudadanos hagan las averiguaciones que deseen sobre los procesos y costos de adquisición de los bienes destinados a la mitigación de la pandemia del covid-19.

“Cada colombiano puede buscar su propio municipio o puede buscarlo por bienes como oxígeno o como tapabocas, y encontrar a qué precio se han adquirido; si estos constituyen sobrecostos, y tiene a su vez unos hipervínculos para hacer clic y reportar estas anomalías o irregularidades ante los órganos de control y la Fiscalía General de la Nación”, afirmó.

Así mismo, invitó a los “50 millones de colombianos, en las capacidades que tengan, a acudir a esta página web y buscar aquellos escenarios de presuntos delitos de corrupción para que puedan informar a las autoridades competentes”.

O’Meara también informó que este miércoles se reunió con la Vicefiscal General, Martha Mancera, para comenzar “unas capacitaciones a todo su equipo de investigadores y a los fiscales delegados en delitos contra la administración pública, de tal manera que ellos puedan conocer con detenimiento, donde se presentaron las irregularidades o anomalías de los sobrecostos”.

Sin licitación alguna

También el funcionario señaló que antes de la pandemia del covid-19, un empresario micro, pequeño, mediano, o una gran industria debían licitar durante cuatro meses para llegar a ser proveedor del Estado.

Explicó que con los decretos expedidos al amparo del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, “cualquier empresario, sin licitación alguna, puede inscribirse en nuestra tienda virtual del Estado colombiano y convertirse en proveedor de los bienes y servicios que sirven para mitigar la pandemia”.

Destacó que para ese proceso los empresarios “no requieren ni siquiera de un registro único de proponentes, y, en ese sentido, solamente se convertirán en los proveedores y vendedores de estos bienes, con la simple categoría del precio más bajo, después de haber sido escenario de cotización por parte de cualquier entidad pública”.

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Cualquier ciudadano puede conocer en detalle los $7,2 billones ejecutados en más de 68 mil contratos durante el Estado de Emergencia: Director de la Agencia Nacional de Contratación Pública

​• “Cada colombiano puede buscar su propio municipio o puede buscarlo por bienes como oxígeno o como tapabocas, y encontrar a qué precio se han adquirido; si estos constituyen sobrecostos, y tiene, a su vez, unos hipervínculos para hacer clic y reportar estas anomalías o irregularidades ante los órganos de control y la Fiscalía General de la Nación”, dijo el funcionario al referirse a la herramienta creada para tal efecto.

• “Cualquier empresario, sin licitación alguna, puede inscribirse en nuestra tienda virtual del Estado colombiano y convertirse en proveedor de los bienes y servicios que sirven para mitigar la pandemia”, indicó.

El Director General de la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente, José Andrés O’Meara, afirmó que cualquier ciudadano tiene la posibilidad de “conocer en detalle los 7,2 billones de pesos que se han ejecutado, a partir del 17 de marzo y hasta el día de hoy, en más de 68 mil contratos”.

O’Meara, quien este jueves participó en el espacio televisivo ‘Prevención y Acción’, que orienta el Presidente Iván Duque, dijo que desde el 17 de marzo, cuando se decretó el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, la entidad a su cargo se dedicó a construir la herramienta www.colombiacompra.gov.co, para que los ciudadanos hagan las averiguaciones que deseen sobre los procesos y costos de adquisición de los bienes destinados a la mitigación de la pandemia del covid-19.

“Cada colombiano puede buscar su propio municipio o puede buscarlo por bienes como oxígeno o como tapabocas, y encontrar a qué precio se han adquirido; si estos constituyen sobrecostos, y tiene a su vez unos hipervínculos para hacer clic y reportar estas anomalías o irregularidades ante los órganos de control y la Fiscalía General de la Nación”, afirmó.

Así mismo, invitó a los “50 millones de colombianos, en las capacidades que tengan, a acudir a esta página web y buscar aquellos escenarios de presuntos delitos de corrupción para que puedan informar a las autoridades competentes”.

O’Meara también informó que este miércoles se reunió con la Vicefiscal General, Martha Mancera, para comenzar “unas capacitaciones a todo su equipo de investigadores y a los fiscales delegados en delitos contra la administración pública, de tal manera que ellos puedan conocer con detenimiento, donde se presentaron las irregularidades o anomalías de los sobrecostos”.

Sin licitación alguna

También el funcionario señaló que antes de la pandemia del covid-19, un empresario micro, pequeño, mediano, o una gran industria debían licitar durante cuatro meses para llegar a ser proveedor del Estado.

Explicó que con los decretos expedidos al amparo del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, “cualquier empresario, sin licitación alguna, puede inscribirse en nuestra tienda virtual del Estado colombiano y convertirse en proveedor de los bienes y servicios que sirven para mitigar la pandemia”.

Destacó que para ese proceso los empresarios “no requieren ni siquiera de un registro único de proponentes, y, en ese sentido, solamente se convertirán en los proveedores y vendedores de estos bienes, con la simple categoría del precio más bajo, después de haber sido escenario de cotización por parte de cualquier entidad pública”.

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Gobierno Nacional activa plan de contingencia para los servidores y contratistas del Estado

• Los alcaldes y gobernadores tendrán la potestad de ampliar el período de los gerentes de hospitales públicos hasta por 30 días para atender la emergencia sanitaria.

• Los docentes y contratistas de prestación de servicios en el Estado deberán desempeñar sus actividades en casa y habilitar mecanismos electrónicos en todas las entidades para la recepción, trámite y pago de los honorarios.

• Los concursos de empleo público se suspenderán mientras se atiende la emergencia sanitaria originada por la pandemia del coronavirus.

• La atención al ciudadano se deberá realizar únicamente por canales digitales y se podrán suspender servicios y términos de actos administrativos.

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 491 de 2020, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica, con el fin de establecer nuevas medidas que protejan el empleo y la atención de los ciudadanos por parte de las entidades públicas y particulares cuando cumplan funciones públicas.

En primer lugar, para evitar el contacto entre las personas y propiciar el distanciamiento social, las entidades y particulares que cumplan funciones públicas (cámaras de comercio, curadurías, entre otros) prestarán los servicios a través de canales electrónicos que deberán ser publicados en las páginas web al igual que los mecanismos para el registro y respuesta de las peticiones.

La normativa establece que “en aquellos eventos en que no se cuente con los medios tecnológicos para prestar el servicio, las autoridades deberán prestar el servicio de forma presencial. No obstante, por razones sanitarias, las autoridades podrán ordenar la suspensión del servicio presencial, total o parcialmente, privilegiando los servicios esenciales, el funcionamiento de la economía y el mantenimiento del aparato productivo empresarial”.

Vale señalar que en ningún caso la suspensión de la prestación del servicio presencial podrá ser mayor a la duración de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.

En segundo lugar, el decreto establece que la notificación o comunicación de los actos administrativos se realizará por medios electrónicos. Las entidades deberán habilitar buzones de correo electrónico para efectuar las notificaciones. En el caso de los procesos que están en curso, los ciudadanos o actores interesados deberán indicar a la autoridad competente la dirección electrónica donde recibirá las notificaciones.

En tercer lugar, las autoridades que requieran actuaciones administrativas podrán suspenderlas como consecuencia de la declaratoria de emergencia sanitarias y afectará todos los términos legales, incluidos aquellos establecidos en términos de meses o años.

Adicionalmente, se establece una ampliación por un mes para las licencias, permisos, certificados y autorizaciones cuyo trámite de renovación no pueda ser realizado por la adopción de medidas de la Emergencia Sanitaria. El decreto también establece otras medidas:

Ampliación de período a gerentes de hospitales públicos

En el decreto también se amplía el período institucional de los gerentes de hospitales públicos en el país para atender la contingencia provocada por la pandemia del coronavirus.

“Los gobernadores y alcaldes podrán ampliar, por un término de 30 días, el período institucional de los gerentes o directores de Empresas Sociales del Estado que termina en el mes de marzo de 2020. Si el alcalde o gobernador no amplia el período, deberá nombrar al gerente o director, de acuerdo con el procedimiento señalado en el artículo 20 de la Ley 1797 de 2016”, indicó el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo.

El período institucional del nuevo gerente o director iniciará con la posesión y culminará tres (3) meses después del inicio del período constitucional del gobernador o del alcalde respectivo.

Medidas sobre concursos de empleos

Otra de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional con el objetivo de proteger a los ciudadanos es el aplazamiento de los concursos de méritos y procesos de selección de empleos públicos que actualmente se estén adelantando en el servicio público para garantizar la participación en los concursos sin discriminación de ninguna índole, evitar el contacto entre las personas y propiciar el distanciamiento social.

Según la normativa, las autoridades competentes deberán reanudarlos una vez se superen los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica.

“En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme, se efectuara los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrá realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.” explicó el Director Fernando Grillo.

Medidas para contratistas y docentes

El decreto expedido por el Gobierno Nacional también ordena a las universidades públicas que permitan a los docentes ocasionales o de hora cátedra cumplan sus funciones mediante la modalidad de trabajo en casa, haciendo uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. “Bajo ningún motivo, las universidades públicas pueden suspender la remuneración o los honorarios a los docentes”, agrega el Director de Función Pública.

De otra parte, los contratistas también serán protegidos por el Gobierno Nacional y en el decreto, tal y como fue anunciado por el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, y el Ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, no se suspenderán los contratos de prestación de servicios en el Estado.

Adicionalmente, para los contratos administrativos con las empresas de aseo, cafetería, vigilancia, transporte y otros servicios de esta naturaleza no serán suspendidos mientras dure el aislamiento preventivo obligatorio. Las empresas que tengan estos contratos deberán certificar el pago de la nómina y seguridad social de los empleados para poder efectuar el pago.

“Las entidades públicas deberán habilitar medios electrónicos para que se puedan recibir, tramitar y pagar los honorarios de los contratistas del Estado”, anotó el Director Grillo.

Finalmente, el decreto estableció que se enviará un reporte a las Aseguradoras de Riesgos Laborales (ARL) la lista de servidores públicos y contratistas que durante el período de aislamiento preventivo obligatorio presenten sus servicios a través de teletrabajo o trabajo en casa.

Acerca del Empleo Público

De acuerdo con las cifras del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP), el país cuenta con 1.198.834 servidores públicos discriminados así: Rama Ejecutiva del Orden Nacional: 411.986 uniformados; 326.952 docentes; 138.610 servidores; Orden Territorial: 222.160 servidores; Rama Judicial: 60.801 servidores; Entes Autónomos: 20.644 servidores; Órganos de Control: 11.880 servidores; Organización Electoral: 3.553 servidores; Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición: 1.395 servidores; Rama Legislativa: 854 servidores. Adicionalmente, el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) reporta que a la fecha el Estado cuenta con 231.935 contratistas incluyendo contratación directa y régimen especial.

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Estado de alerta se prolongará por tres días más entre el 8 y el 10 de marzo

En su informe técnico, el SIATA atribuyó la situación a factores externos, por ejemplo los incendios que se presentan desde anoche en el país.

El Área Metropolitana del Valle de Aburrá llamó al Gobierno Nacional a atender de manera de oportuna los incendios que se presentan en el país, en razón de que están afectando los ecosistemas y la calidad del aire en el territorio nacional.

“La recomendación del SIATA es continuar con el Estado de Alerta para prevenir que la contaminación atmosférica en las estaciones poblacionales ascienda a nivel rojo”.

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¿Qué es el Estado de Alerta por episodio de contaminación atmosférica en el Valle de Aburrá y porqué se declara??

El Área Metropolitana, como autoridad ambiental urbana, y los 10 municipios miembros decidieron mantener para hoy miércoles 4 de marzo las medidas de Estado de Alerta por episodio de contaminación atmosférica en el Valle de Aburrá.

¿Qué es el Estado de Alerta por episodio de contaminación atmosférica en el Valle de Aburrá y porqué se declara?

El siguiente video elaborado por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá lo explica.

 

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El Área Metropolitana del Valle de Aburrá y los municipios miembros dan inicio al período de gestión de episodio de calidad del aire

Según el POECA se declara el Estado de Prevención por calidad del aire en el territorio metropolitano.

El Área Metropolitana del Valle de Aburrá declara el ESTADO DE PREVENCIÓN en materia de calidad del aire para el territorio metropolitano desde el próximo lunes 10 de febrero hasta el 4 de abril del presente año, debido a información presentada por el SIATA en la que se evidencia afectación a la calidad del aire a raíz de los incendios forestales en el sur del país y basados en el período de transición entre la época seca a lluviosa.

Lo anterior se define de acuerdo con el Plan Operacional para Enfrentar Episodios de Contaminación Atmosférica en el Valle de Aburrá –POECA- que se enfoca en la gestión de episodios de contaminación por material particulado PM2.5 y otros contaminantes, con el fin de reducir su concentración en la atmósfera, proteger la salud y la calidad ambiental del Valle de Aburrá.

Según el informe técnico del Sistema de Alerta Temprana de Medellín y el Valle de Aburrá -SIATA- luego de analizar las condiciones meteorológicas y los pronósticos globales y sus implicaciones para el Valle de Aburrá durante la primera temporada de lluvias del año, los incendios forestales implicarían una marcada desfavorabilidad para la calidad del aire en el Valle de Aburrá durante los períodos febrero – abril de 2020.​​

Por lo anterior, de acuerdo con el Plan Operacional para Enfrentar Episodios de Contaminación Atmosférica en el Valle de Aburrá –POECA- y con el objetivo de anticipar dichas condiciones, el Área Metropolitana establece las medidas pertinentes para mantener buenas condiciones de calidad de aire en la región, evitando que las estaciones de monitoreo de PM2.5 registren Índice de Calidad de Aire (ICA) Naranja.

Se da inicio al período de Gestión de Episodios de Contaminación Atmosférica, como ya es conocido por condiciones meteorológicas de transición de temporada seca a temporada de lluvias, declarando el Estado de Prevención en el Valle de Aburrá entre el 10 de febrero y el 4 de abril con las siguientes medidas:

MEDIDAS

Pico y placa ambiental de lunes a viernes:

Carros particulares: pico y placa habitual en todo el Valle de Aburrá para carros particulares, para CUATRO (4) DÍGITOS, en los horarios que tiene definidos el Municipio de Medellín, de 07:00 a 08:30 a.m. y de 5:30 a 7:00 pm.

Motos de 2 y 4 tiempos: pico y placa en todo el Valle de Aburrá para motos de 2 y 4 tiempos, para DOS (2) DIGITOS y en los mismos horarios que tiene definidos el Municipio de Medellín, de 07:00 a 08:30 a.m. y de 5:30 a 7:00 pm.

Camiones y Volquetas: pico y placa para CUATRO (4) DIGITOS, los mismos de los carros particulares, en los horarios de 07:00 a 08:30 am y de 5:30 a 7:00 pm.

Para camio​nes y volquetas de modelos anteriores o iguales a 2009 la restricción será también para CUATRO (4) DIGITOS en el horario de 05:00 a 08:30 a.m. y de 4:30 a 9:00 pm, en toda la jurisdicción del Valle de Aburrá.

Inicialmente los sábados, domingos y festivos no se aplicarán restricciones a la movilidad; se analizará la aplicación de medidas graduales mientras se mantenga el nivel de Prevención y se intensificará el control y vigilancia de las fuentes móviles.

Medidas Industria:

Se intensifica el control y vigilancia a las fuentes fijas, se suspenderán aquellas que no estén cumpliendo la norma.

Las empresas no pueden realizar mantenimiento preventivo de los equipos de control de emisiones atmosféricas.

Se deben reforzar acciones del Plan de Movilidad Empresarial Sostenible en la Empresas Planes Mes, en cuanto a incentivar el Teletrabajo, horarios flexibles y compartir el vehículo.

Recomendaciones a la ciudadanía:

Utilizar el Sistema Integrado de Transporte del Valle de Aburrá, SITVA.
Compartir su vehículo con otras personas.
Hacer revisiones técnicas a su vehículo de forma periódica varias veces al año. vitar el uso del vehículo particular y la moto para trayectos cortos.
Utilizar los paraderos de buses autorizados para no obligar a los conductores a detenerse en cualquier sitio.
Planear sus recorridos para hacer más diligencias en un solo viaje.

Las autoridades continuarán el monitoreo constantemente de las estaciones del SIATA, y los municipios, por medio de Decreto municipal, regularán estas medidas en sus propios territorios y serán voceros de las mismas.

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El Área Metropolitana del Valle de Aburrá y los municipios miembros dan inicio al período de gestión de episodio de calidad del aire

Según el POECA se declara el Estado de Prevención por calidad del aire en el territorio metropolitano.

El Área Metropolitana del Valle de Aburrá declara el ESTADO DE PREVENCIÓN en materia de calidad del aire para el territorio metropolitano desde el próximo lunes 10 de febrero hasta el 4 de abril del presente año, debido a información presentada por el SIATA en la que se evidencia afectación a la calidad del aire a raíz de los incendios forestales en el sur del país y basados en el período de transición entre la época seca a lluviosa.

Lo anterior se define de acuerdo con el Plan Operacional para Enfrentar Episodios de Contaminación Atmosférica en el Valle de Aburrá –POECA- que se enfoca en la gestión de episodios de contaminación por material particulado PM2.5 y otros contaminantes, con el fin de reducir su concentración en la atmósfera, proteger la salud y la calidad ambiental del Valle de Aburrá.

Según el informe técnico del Sistema de Alerta Temprana de Medellín y el Valle de Aburrá -SIATA- luego de analizar las condiciones meteorológicas y los pronósticos globales y sus implicaciones para el Valle de Aburrá durante la primera temporada de lluvias del año, los incendios forestales implicarían una marcada desfavorabilidad para la calidad del aire en el Valle de Aburrá durante los períodos febrero – abril de 2020.​​

Por lo anterior, de acuerdo con el Plan Operacional para Enfrentar Episodios de Contaminación Atmosférica en el Valle de Aburrá –POECA- y con el objetivo de anticipar dichas condiciones, el Área Metropolitana establece las medidas pertinentes para mantener buenas condiciones de calidad de aire en la región, evitando que las estaciones de monitoreo de PM2.5 registren Índice de Calidad de Aire (ICA) Naranja.

Se da inicio al período de Gestión de Episodios de Contaminación Atmosférica, como ya es conocido por condiciones meteorológicas de transición de temporada seca a temporada de lluvias, declarando el Estado de Prevención en el Valle de Aburrá entre el 10 de febrero y el 4 de abril con las siguientes medidas:

MEDIDAS

Pico y placa ambiental de lunes a viernes:

Carros particulares: pico y placa habitual en todo el Valle de Aburrá para carros particulares, para CUATRO (4) DÍGITOS, en los horarios que tiene definidos el Municipio de Medellín, de 07:00 a 08:30 a.m. y de 5:30 a 7:00 pm.

Motos de 2 y 4 tiempos: pico y placa en todo el Valle de Aburrá para motos de 2 y 4 tiempos, para DOS (2) DIGITOS y en los mismos horarios que tiene definidos el Municipio de Medellín, de 07:00 a 08:30 a.m. y de 5:30 a 7:00 pm.

Camiones y Volquetas: pico y placa para CUATRO (4) DIGITOS, los mismos de los carros particulares, en los horarios de 07:00 a 08:30 am y de 5:30 a 7:00 pm.

Para camio​nes y volquetas de modelos anteriores o iguales a 2009 la restricción será también para CUATRO (4) DIGITOS en el horario de 05:00 a 08:30 a.m. y de 4:30 a 9:00 pm, en toda la jurisdicción del Valle de Aburrá.

Inicialmente los sábados, domingos y festivos no se aplicarán restricciones a la movilidad; se analizará la aplicación de medidas graduales mientras se mantenga el nivel de Prevención y se intensificará el control y vigilancia de las fuentes móviles.

Medidas Industria:

Se intensifica el control y vigilancia a las fuentes fijas, se suspenderán aquellas que no estén cumpliendo la norma.

Las empresas no pueden realizar mantenimiento preventivo de los equipos de control de emisiones atmosféricas.

Se deben reforzar acciones del Plan de Movilidad Empresarial Sostenible en la Empresas Planes Mes, en cuanto a incentivar el Teletrabajo, horarios flexibles y compartir el vehículo.

Recomendaciones a la ciudadanía:

Utilizar el Sistema Integrado de Transporte del Valle de Aburrá, SITVA.
Compartir su vehículo con otras personas.
Hacer revisiones técnicas a su vehículo de forma periódica varias veces al año. vitar el uso del vehículo particular y la moto para trayectos cortos.
Utilizar los paraderos de buses autorizados para no obligar a los conductores a detenerse en cualquier sitio.
Planear sus recorridos para hacer más diligencias en un solo viaje.

Las autoridades continuarán el monitoreo constantemente de las estaciones del SIATA, y los municipios, por medio de Decreto municipal, regularán estas medidas en sus propios territorios y serán voceros de las mismas.

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