Por decreto, Gobierno agiliza devolución de saldos a favor del impuesto sobre la renta y del IVA

• El Decreto 535 del 10 de abril de 2020 establece un procedimiento abreviado que facilita la devolución automática de los saldos a favor de los gravámenes, durante la Emergencia Sanitaria declarada con ocasión de la pandemia del covid-19.
• Esta medida busca que los contribuyentes afectados por la pandemia del covid-19 tengan un mayor flujo de caja y de liquidez para poder cumplir con sus obligaciones.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 535, del 10 de abril de 2020, a través del cual se estableció un procedimiento abreviado para la devolución de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y del Impuesto sobre las Ventas (IVA), a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), durante el término de la vigencia de la Emergencia Sanitaria, declarada con ocasión de la pandemia del covid-19.
La medida, decretada bajo el Estado de Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus, busca que los contribuyentes afectados por el covid-19 tengan un mayor flujo de caja y de liquidez para poder cumplir con sus obligaciones.
De acuerdo con la norma, esta medida cobijará a los contribuyentes que no sean calificados como de riesgo alto en materia tributaria. A ellos, se les autorizará la devolución y/o compensación de los respectivos saldos a favor, mediante el procedimiento abreviado, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de devolución y/o compensación.
En este sentido, cuando el contribuyente cumpla con los requisitos, cada Dirección Seccional dará respuesta dentro de los 15 días siguientes a la solicitud de la devolución y no a los 50 días, como lo establece el artículo 855 del Estatuto Tributario.
Así mismo, el decreto determinó que mientras permanezca vigente el Estado de Emergencia Sanitaria no será necesario anexar la relación de costos, gastos y deducciones para el trámite de solicitudes de devolución y/o compensación en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios. Sin embargo, esa relación deberá ser entregada una vez se levante la Emergencia, en un plazo no superior a 30 días.
La norma señala que las solicitudes de devolución y/o compensación que se encuentren en trámite a través del procedimiento abreviado finalizarán al momento de terminación de la Emergencia Sanitaria.

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Gobierno expedirá decreto de contribución solidaria, para que funcionarios y contratistas con salarios de más de $10 millones aporten para ayudar a independientes y clase media, en emergencia por covid-19

• El Jefe de Estado resaltó este jueves que los funcionarios y contratistas, con salarios que oscilen entre los 10 y 15 millones de pesos, aportarán el 10% durante cuatro meses para apoyar a los trabajadores independientes y la clase media, y señaló que para quienes “tengan ingresos superiores a los 15 millones de pesos, la contribución será del 15%”.

• “Son cuatro meses donde nosotros queremos, todos, hacer este aporte, y que este aporte sirva para que se note ese mensaje de solidaridad al pueblo colombiano en un momento que así lo exige”, subrayó el Mandatario durante el programa de televisión ‘Prevención y Acción’, que se transmite por el Canal Institucional, los canales privados y regionales.

• El Viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño, hizo énfasis en que la medida de la contribución solidaria “se va a extender a los contratistas del Estado o personas naturales que tienen esa condición, para que todos los que hoy tenemos un salario asegurado seamos solidarios con una destinación específica, para dirigirla a estas personas que más lo necesitan”.

El Presidente Iván Duque Márquez anunció que el Gobierno Nacional expedirá un decreto, la próxima semana, para que los funcionarios (empleados públicos) y contratistas con salarios de más de 10 millones de pesos hagan una contribución solidaria para ayudar a trabajadores independientes y a la clase media, en el marco de la emergencia por el coronavirus covid-19.

“Este es un componente de solidaridad y será a partir de ingresos superiores a los 10 millones de pesos”, destacó el Jefe de Estado, quien explicó que por salarios que oscilen entre los 10 y 15 millones de pesos el aporte será del 10% durante cuatro meses, y los “que tengan ingresos superiores a los 15 millones de pesos, la contribución será del 15%”, por el mismo periodo de tiempo de cuatro meses.

El anuncio lo hizo el Mandatario durante el espacio de televisión ‘Prevención y Acción’, que se transmite diariamente por el Canal Institucional, los canales privados y regionales, en el cual señaló que ya impartió instrucciones a su equipo económico para que se avance con celeridad en ese propósito solidario.

“Los funcionarios del Estado que tenemos salarios que son altos, todos, tenemos también que contribuir y tenemos que contribuir de manera clara”, dijo el Presidente.

En este contexto, agregó que “le he dado una instrucción muy clara al equipo económico, y es que por un periodo de cuatro meses tengamos esa contribución especial de los salarios altos del Estado para que por esa vía también podamos atender muchas de estas líneas hacia la clase media, hacia los trabajadores independientes, y que tenga, además, esa destinación específica”.

“Son cuatro meses donde nosotros queremos, todos, hacer este aporte, y que este aporte sirva para que se note ese mensaje de solidaridad al pueblo colombiano en un momento que así lo exige”, subrayó el Mandatario.

El Jefe de Estado señaló que para tomar esta decisión se escucharon muchas voces y agradeció a quienes vienen elevando estas propuestas en beneficio de los colombianos.

A su turno, el Viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño, quien acompañó al Presidente Duque en el espacio televisivo, también puso de relieve el aporte solidario de los funcionarios del Estado.

“Es importante lo que usted dijo, Presidente, la solidaridad que debemos tener los funcionarios públicos al poner parte de nuestros ingresos, pues hoy somos de las pocas personas que tenemos los ingresos asegurados”, aseveró Londoño.

Por último, el Viceministro hizo énfasis en que la medida “se va a extender a los contratistas del Estado o personas naturales que tienen esa condición, para que todos los que hoy tenemos un salario asegurado seamos solidarios con una destinación específica, para dirigirla a estas personas que más lo necesitan”.

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Gobierno Nacional establece medidas de excepción para adquisición de dispositivos médicos

Con la expedición del Decreto 499, el Gobierno busca garantizar la disponibilidad de dispositivos médicos y elementos de protección personal, acudiendo al mercado internacional para enfrentar la epidemia de COVID-19.

Teniendo en cuenta la existencia de la alta demanda de los países para adquirir dispositivos médicos y elementos de protección personal, que permitan enfrentar la pandemia del coronavirus (COVID-19) -los que son limitados-, el Gobierno Nacional tomó medidas con el fin de garantizar disponibilidad, accesibilidad, equidad, continuidad y oportunidad del servicio de salud.

Así, por medio del Decreto 499 de 2020, y estableciendo como prioridad que las entidades estatales tengan la posibilidad de adelantar y cerrar negociaciones que garanticen la disponibilidad de dispositivos médicos y elementos de protección personal, acudiendo al mercado internacional, se adoptan medidas en el aspecto de contratación estatal para su adquisición, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Es por ello, que se determinó que los contratos que tengan por objeto la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, requeridos para atender casos sospechosos o confirmados de COVID-19, no se regirán por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, y en consecuencia, les serán aplicables las normas de derecho privado.

Lo anterior para atender los criterios de inmediatez, como consecuencia de las turbulencias del mercado internacional de bienes para mitigar la pandemia de COVID-19, lo cual permite que las entidades estatales, en el contexto que demanda la situación, queden facultadas para contratar directamente a las personas extranjeras naturales o jurídicas que provean los bienes o servicios necesarios.

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Gobierno destina 25 mil millones de pesos para adecuar infraestructura y fortalecer la investigación en 6 universidades públicas

Las instituciones beneficiadas son: Universidad Nacional de Colombia (sedes de Medellín y Manizales), Popular del Cesar, Llanos, Valle, Cartagena e Institución Universitaria ITSA.

El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación anunció recursos por 25 mil millones de pesos para la ejecución de proyectos de investigación y adecuación de infraestructura en 6 universidades públicas del país.

Según esta cartera, los recursos fueron aprobados a través del Órgano Colegiado de Administración y Decisión (Ocad), para adelantar proyectos de adecuación de infraestructura y equipamiento, con miras a potenciar la investigación científica en las instituciones beneficiadas.

Según la Ministra Mabel Torres, fueron seleccionadas seis entidades mediante convocatoria pública, abierta y competitiva. El proceso contribuye al cumplimiento del Acuerdo generado en la Mesa de Diálogo de estudiantes, profesores y el Gobierno Nacional para la concertación de la educación superior pública.

Las instituciones seleccionadas son: Universidad Nacional de Colombia (sedes de Medellín y Manizales), Popular del Cesar, Llanos, Valle, Cartagena e Institución Universitaria ITSA.

La Ministra Torres invitó a las universidades que quedaron en la lista de elegibles en la convocatoria a formular los proyectos de inversión para su aprobación.

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Gobierno destina 25 mil millones de pesos para adecuar infraestructura y fortalecer la investigación en 6 universidades públicas

Las instituciones beneficiadas son: Universidad Nacional de Colombia (sedes de Medellín y Manizales), Popular del Cesar, Llanos, Valle, Cartagena e Institución Universitaria ITSA.

El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación anunció recursos por 25 mil millones de pesos para la ejecución de proyectos de investigación y adecuación de infraestructura en 6 universidades públicas del país.

Según esta cartera, los recursos fueron aprobados a través del Órgano Colegiado de Administración y Decisión (Ocad), para adelantar proyectos de adecuación de infraestructura y equipamiento, con miras a potenciar la investigación científica en las instituciones beneficiadas.

Según la Ministra Mabel Torres, fueron seleccionadas seis entidades mediante convocatoria pública, abierta y competitiva. El proceso contribuye al cumplimiento del Acuerdo generado en la Mesa de Diálogo de estudiantes, profesores y el Gobierno Nacional para la concertación de la educación superior pública.

Las instituciones seleccionadas son: Universidad Nacional de Colombia (sedes de Medellín y Manizales), Popular del Cesar, Llanos, Valle, Cartagena e Institución Universitaria ITSA.

La Ministra Torres invitó a las universidades que quedaron en la lista de elegibles en la convocatoria a formular los proyectos de inversión para su aprobación.

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Gobierno Nacional establece exención transitoria del impuesto del IVA para la importación de 24 elementos médicos

​• Así lo establece el Decreto 438 de 2020, el cual señala que los elementos corresponden a nebulizadores, basculas pesa bebés, monitores de signos vitales, electrocardiógrafo, glucómetros, tensiómetros, pulsoximetros, aspiradores de secreciones, desfibriladores.

• También hacen parte de este beneficio las incubadoras, lámparas de calor radiante, lámparas de fototerapia, bombas de infusión, equipos de órganos de los sentidos, balas de oxígeno, fonendoscopios, ventiladores, equipos de rayos X portátiles, concentradores de oxígeno, monitores de transporte, flujómetros, cámaras cefálicas, camas hospitalarias y camas hospitalarias pediátricas.

En el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por el Presidente Iván Duque el pasado 12 de marzo, y como parte de las medidas preventivas y de contención del coronavirus, el Gobierno Nacional ordenó la exención transitoria del impuesto sobre las ventas (IVA) para la importación de 24 elementos médicos.

Así lo establece el Decreto 438 de 2020, que señala que los elementos corresponden a nebulizadores, basculas pesa bebés, monitores de signos vitales, electrocardiógrafo, glucómetros, tensiómetros, pulsoximetros, aspiradores de secreciones, desfibriladores.

También hacen parte de este beneficio las incubadoras, lámparas de calor radiante, lámparas de fototerapia, bombas de infusión, equipos de órganos de los sentidos, balas de oxígeno, fonendoscopios, ventiladores, equipos de rayos X portátiles, concentradores de oxígeno, monitores de transporte, flujómetros, cámaras cefálicas, camas hospitalarias y camas hospitalarias pediátricas.

La norma establece que los saldos a favor generados en las declaraciones tributarias del impuesto sobre las ventas (IVA) podrán ser imputados en las declaraciones de los períodos siguientes, pero en ningún caso podrán ser objeto de devolución y/o compensación.

“El responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) que enajene los bienes exentos de que trata el presente artículo durante el término de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, tiene derecho a impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas (IVA), siempre y cuando cumpla con los requisitos consagrados en el Estatuto Tributario y en especial el artículo 485 de dicho Estatuto”, señala el Decreto.

Así mismo, la norma establece, entre otras, las condiciones de aplicación para la exención del impuesto sobre las ventas:

• Al momento de facturar la operación de venta de bienes exentos durante el término de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, a través de los sistemas de facturación vigentes, el facturador deberá incorporar en el documento una leyenda que indique: ‘Bienes Exentos – Decreto 417 de 2020’.

• La importación, la venta y la entrega de los bienes deberá realizarse dentro del plazo establecido en el artículo 1 del presente Decreto Ley.

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Gobierno Nacional inicia acciones de contención ante el COVID-19 en el ámbito laboral

Siguiendo los lineamientos de los Ministerios de Salud y Protección, y del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, expiden Circular 0018 del 10 de marzo de 2020, para aplicar en los ambientes laborales, en entidades del sector público y privado y minimizar los efectos negativos en la salud ante el COVID-19
 Entre las medidas temporales y excepcionales de carácter preventivo están: utilizar métodos de Teletrabajo (sin la formalidad y requisitos de Teletrabajo, según el numeral 4 del artículo 6 de la Ley 1221 de 2008), horarios flexibles y disminución del número de reuniones presenciales o en espacios reducidos de trabajo y con baja ventilación
La comunidad en general puede consultar a la línea nacional 018000955590 y en Bogotá al teléfono (57-1) 3305041
BOGOTÁ, mar. 10/2020.– Ante la presencia de la enfermedad COVID-19 en Colombia, el Gobierno Nacional da instrucciones de intervención, respuesta y atención del COVID-19, complementarias a la impartidas en la Circular 0017 del 24 de febrero de 2020 del Ministerio del Trabajo, aplicables en los ambientes laborales.

La Circular 0018 del 10 de marzo de 2020, firmada por los ministros de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez; del Trabajo Ángel Custodio Cabrera; y el director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Antonio Grillo; determina que las entidades del sector público y privado, de acuerdo con las funciones que cumplen y la naturaleza de la actividad productiva que desarrollan, en el marco de los Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo, deben diseñar medidas específicas y redoblar los esfuerzos en esta nueva fase de contención del COVID-19 y tomar las siguientes acciones:

Para minimizar los efectos negativos en la salud los organismos y entidades del sector público y privado deben:

1.   Promover en los servidores públicos, trabajadores y contratistas el adecuado y permanente lavado de manos y la desinfección de puestos de trabajo, como una de las medidas más efectivas para evitar contagio.

2.   Suministrar a los servidores públicos, trabajadores y contratistas, a través de las entidades públicas, privadas y Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), información clara y oportuna sobre las medidas preventivas y de contención del COVID-19.

3.   Establecer canales de información para la prevención y dejar claro a los servidores públicos, trabajadores y contratistas a quién deben reportar cualquier sospecha de síntomas o contacto con persona diagnosticada con la enfermedad.

4.   Impartir capacitación en prevención contra el COVID-19 al personal de migraciones, salud, aseo y limpieza.

5.   Informar inmediatamente cualquier caso sospechoso a la Secretaría de Salud o Dirección Territorial de Salud de su jurisdicción.

Medidas temporales y excepcionales de carácter preventivo:

Teniendo en cuenta que la tos, fiebre y dificultad para respirar son los principales síntomas del COVID-19, los organismos y entidades públicas y privadas deben evaluar la adopción de las siguientes medidas temporales:

·Autorizar métodos de Teletrabajo excepcionales y ocasionales, que no amerita el cumplimiento total de requisitos del Teletrabajo según el numeral 4 del artículo 6 de la Ley 1221 de 2008, para servidores públicos y trabajadores que recientemente hayan llegado de algún país con incidencia de casos de COVID-19, o quienes hayan estado en contacto con pacientes diagnosticados con COVID-19, y para quienes presenten síntomas respiratorios leves y moderados, sin que ello signifique abandono del cargo.

Sobre este tema el titular de la cartera laboral, Ángel Custodio Cabrera, precisó:  “Son medidas de carácter excepcional y temporal, y es responsabilidad tanto del trabajador como del empleador, evaluar la adopción de las medidas para realizar sus actividades desde la casa”.

·Adoptar horarios flexibles para los servidores y trabajadores, con el propósito de disminuir el riesgo por exposición en horas pico o de gran afluencia de personas en los sistemas de transporte masivo, tener una menor concentración de trabajadores en los ambientes laborales y una mejor circulación del aire.

·Disminuir el número de reuniones presenciales o concentración de varias personas en espacios reducidos de trabajo y con baja ventilación, para evitar el riesgo de contagio de enfermedades respiratorias y COVID-19 por contacto cercano.

·Evitar áreas o lugares con aglomeraciones en los que se pueda interactuar con personas enfermas.

Responsabilidades de los servidores públicos, trabajadores y contratistas:

1.   Informar inmediatamente en los canales dispuestos para tal fin, en caso de presentar síntomas de enfermedades respiratorias.

2.   Cuidar su salud y la de sus compañeros de trabajo manteniendo el lugar de trabajo limpio.

3.   Procurar mantener una distancia de al menos un metro entre la persona que tosa o estornude.

4.   Lavarse constantemente las manos con agua y jabón y evitar tocarse los ojos, nariz y boca, sin habérselas lavado.

5.   Evitar temporalmente los saludos de beso, abrazo o de mano.

6.   Taparse la boca al momento de toser o estornudar y botar el pañuelo desechable inmediatamente después de usarlo; si no hay un pañuelo disponible, realizar estas acciones tapándose con la parte interna del codo.

7.   Asistir a las capacitaciones y acatar las medidas de prevención en COVID-19 dadas por el respectivo organismo, entidad pública o privada y Administradora de Riesgos Laborales; el incumplimiento al respecto, se considera violación a las normas en seguridad y salud en el trabajo, conforme al artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994.

Para las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL):

1.   Suministrar a los servidores públicos, trabajadores y contratistas información clara y oportuna sobre las medidas preventivas y de contención del COVID-19.

2.   Conformar un equipo de prevención y control de COVID-19, para los casos con riesgo de exposición directa cuya labor implica contacto directo con individuos clasificados como caso sospechoso o confirmado, (principalmente trabajadores del sector salud).

El Ministerio de Salud y Protección Social difundirá toda la información del COVID-19. Cualquier información adicional que se requiera al respecto por parte de la comunidad en general se puede consultar a la línea nacional 018000955590 y en Bogotá al teléfono (57-1) 3305041.

Los sujetos a los que va dirigida la presente circular deberán dar aplicación a los protocolos, procedimientos y lineamientos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, con relación a la preparación, respuesta y atención de casos de enfermedad por el COVID-19.

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La primera ruta de Antioquia será el respeto por la vida

Así concluyó el Consejo de Seguridad presidido por el gobernador de Antioquia Aníbal Gaviria Correa. Estas son algunas de las decisiones más importantes presentadas por el secretario de Gobierno, Luis Fernando Suárez Vélez:

«1. Se dio a conocer el desenlace positivo del secuestro de la ciudadana Doralba Agudelo en el municipio de Ituango, liberada este fin de semana. Realizamos 6 capturas relacionadas con el grupo armado residual 18 de las Farc.

2. Este viernes 17 de enero se llevará a cabo el próximo Consejo de Seguridad Departamental en el municipio de Apartadó, para priorizar acciones ante las amenazas en contra de la vida, la libertad y la seguridad de todos los antioqueños.

3. Se creará el Plan Integral de Seguridad y Convivencia para defender la vida. Inicialmente haremos especial énfasis en tres subregiones del Departamento: el Área Metropolitana, Bajo Cauca y el Urabá Antioqueño.»

«¡Prevenir será nuestro propósito!», indica la Gobernación de Antioquia.

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Primer Consejo de Gobierno del gabinete público de Apartadó


El alcalde Felipe Cañizalez y los secretarios de despacho sostuvieron el primer Consejo de Gobierno del año, con la intención de analizar el estado financiero y de funcionamiento de la administración.
En el encuentro, el mandatario enfatizó en la recolección de información necesaria que permita la planificación del municipio sin ningún contratiempo.
Se espera que en los próximos días, se le presente a la comunidad y los medios de comunicación un informe completo de la relación entre los resultados del empalme y la información encontrada en el inicio de labores del proyecto #CiudadLíder.

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