Antioquia adoptó alivios tributarios para propietarios de vehículos automotores y motocicletas de más de 125 c.c.

– El descuento del 10% para vehículos de gasolina y diésel, y de 15% para carros 100% eléctricos o cero (0) emisiones, se extiende hasta el 17 de julio de 2020.
– Quienes hayan pagado antes del 3 de abril también serán beneficiados con la medida. El saldo será abonado a favor en la declaración tributaria del automotor para el período gravable 2021.

Con el fin de beneficiar a los antioqueños que en estos últimos días han visto afectados sus ingresos económicos por efecto de la presencia del Covid-19 y las medidas adoptadas para evitar su propagación, el gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa, definió como ayuda paliativa establecer un nuevo descuento del 10% en el pago del impuesto sobre vehículos automotores y motocicletas con un cilindraje superior los 125 centímetros cúbicos.

Los contribuyentes que quieran acceder al descuento deberán hacer sus pagos hasta el próximo 17 de julio, de acuerdo al decreto 1093, firmado este viernes 3 de abril por el mandatario seccional, el cual también favorece a los propietarios de vehículos 100% eléctricos o cero (0) emisiones. Estos últimos recibirán un descuento del 15%.

Las personas que efectuaron sus pagos desde que terminó el anterior descuento, es decir el 21 de marzo, y hasta el 3 de abril, tendrán las mismas prerrogativas que da el Decreto y el saldo generado por el descuento será reportado como saldo a favor en la declaración tributaria del automotor para el período gravable 2021.

Igualmente, el Decreto establece que se respetarán las fechas contempladas en el Decreto 48 de 2019, es decir, que la fecha límite de presentación de declaración del Impuesto sobre Vehículos Automotores sin sanción ni intereses irá hasta el 17 de julio del presente año.

Es importante aclarar que este Decreto fue emitido por la Gobernación de Antioquia acogiéndose al Decreto 461 de 2020, mediante el cual se autoriza temporalmente a los gobernadores y alcaldes para realizar la reorientación de las rentas y la reducción de tarifas de impuestos territoriales, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante Decreto 417 de 2020.

Decreto 2020070001093 en PDF

Por: Jacqueline Duque

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Antioquia adoptó alivios tributarios para propietarios de vehículos automotores y motocicletas de más de 125 c.c.

– El descuento del 10% para vehículos de gasolina y diésel, y de 15% para carros 100% eléctricos o cero (0) emisiones, se extiende hasta el 17 de julio de 2020.
– Quienes hayan pagado antes del 3 de abril también serán beneficiados con la medida. El saldo será abonado a favor en la declaración tributaria del automotor para el período gravable 2021.

Con el fin de beneficiar a los antioqueños que en estos últimos días han visto afectados sus ingresos económicos por efecto de la presencia del Covid-19 y las medidas adoptadas para evitar su propagación, el gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa, definió como ayuda paliativa establecer un nuevo descuento del 10% en el pago del impuesto sobre vehículos automotores y motocicletas con un cilindraje superior los 125 centímetros cúbicos.

Los contribuyentes que quieran acceder al descuento deberán hacer sus pagos hasta el próximo 17 de julio, de acuerdo al decreto 1093, firmado este viernes 3 de abril por el mandatario seccional, el cual también favorece a los propietarios de vehículos 100% eléctricos o cero (0) emisiones. Estos últimos recibirán un descuento del 15%.

Las personas que efectuaron sus pagos desde que terminó el anterior descuento, es decir el 21 de marzo, y hasta el 3 de abril, tendrán las mismas prerrogativas que da el Decreto y el saldo generado por el descuento será reportado como saldo a favor en la declaración tributaria del automotor para el período gravable 2021.

Igualmente, el Decreto establece que se respetarán las fechas contempladas en el Decreto 48 de 2019, es decir, que la fecha límite de presentación de declaración del Impuesto sobre Vehículos Automotores sin sanción ni intereses irá hasta el 17 de julio del presente año.

Es importante aclarar que este Decreto fue emitido por la Gobernación de Antioquia acogiéndose al Decreto 461 de 2020, mediante el cual se autoriza temporalmente a los gobernadores y alcaldes para realizar la reorientación de las rentas y la reducción de tarifas de impuestos territoriales, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante Decreto 417 de 2020.

Decreto 2020070001093 en PDF

Por: Jacqueline Duque

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Por coronavirus Apartadó modifica calendario tributario



Entendiendo la actual emergencia de salud que se presenta, la Secretaría de Hacienda del municipio de Apartadó, comparte con la ciudadanía la resolución 305, por medio del cual se modifica el Calendario Tributario y la 230 que extiende las fechas de los incentivos tributarios 🧾.
Para conocer ambas resoluciones debes dar Clic en los siguientes links 👇🏾👇🏾:

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La Alcaldía de Medellín hace modificación parcial en el calendario tributario

.: Se amplía el plazo para el pago del segundo trimestre del Impuesto Predial.
.: Las obligaciones de industria y comercio, correspondientes a abril y mayo, serán diferidas entre las facturas de julio y diciembre.
.: || Documento || Resolución 2020032448632 de 2020. Por la cual se modifica parcialmente el calendario tributario para la vigencia 2020.



Debido a la calamidad que enfrenta la ciudad por el coronavirus y al impacto económico que esta situación genera, la Alcaldía de Medellín, a través de la Secretaría de Hacienda, emitió la Resolución 2020032448632 de 2020, por medio de la cual se modifica el calendario tributario y con él los plazos para el cumplimiento de algunas obligaciones de los contribuyentes.
Los cambios en el calendario se dieron para:
    – Declaración bimestral de la retención en la fuente por concepto de industria y comercio.
    – Declaración bimestral de autorretención en la fuente por concepto de industria y comercio.
    – Plazo para el pago de industria y comercio de los meses de abril y mayo, que serán diferidos en los documentos de cobro de julio a diciembre. Es decir que los contribuyentes no recibirán la factura de cobro durante los dos meses de contingencia.
    – Fecha de pago del Impuesto Predial correspondiente al segundo trimestre, que quedó establecida para el 25 de junio para todos los sectores y sin recargo.
    – Fechas de vencimientos para presentar la Declaración Anual de Industria y Comercio. El nuevo ciclo de vencimientos inicia el 15 de mayo para los declarantes que tengan como último dígito de su identificación el 1 y finaliza el 29 de mayo con el 0.
    – Fechas de declaración y pago de impuestos menores: Degüello Menor y Estampilla Pro Cultura. 
    La modificación al calendario tributario se suma al fortalecimiento de los canales virtuales www.medellin.gov.co y HaciendaMed para la atención y trámites de las solicitudes tributarias, con lo que se busca darles garantías a los ciudadanos para que no expongan su salud en el cumplimiento de sus obligaciones.
    La Resolución se puede consultar en el Portal Tributario de la Alcaldía de Medellín, botón normatividad tributaria.
    La Administración Municipal reitera que a través de la página www.medellin.gov.co se presta servicio en línea para la Declaración de Industria y Comercio.  Esta plataforma, además de ser fácil, es segura.

    Por Jefatura de prensa

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    La Alcaldía de Medellín hace modificación parcial en el calendario tributario

    .: Se amplía el plazo para el pago del segundo trimestre del Impuesto Predial.
    .: Las obligaciones de industria y comercio, correspondientes a abril y mayo, serán diferidas entre las facturas de julio y diciembre.
    .: || Documento || Resolución 2020032448632 de 2020. Por la cual se modifica parcialmente el calendario tributario para la vigencia 2020.


    Debido a la calamidad que enfrenta la ciudad por el coronavirus y al impacto económico que esta situación genera, la Alcaldía de Medellín, a través de la Secretaría de Hacienda, emitió la Resolución 2020032448632 de 2020, por medio de la cual se modifica el calendario tributario y con él los plazos para el cumplimiento de algunas obligaciones de los contribuyentes.
    Los cambios en el calendario se dieron para:
      – Declaración bimestral de la retención en la fuente por concepto de industria y comercio.
      – Declaración bimestral de autorretención en la fuente por concepto de industria y comercio.
      – Plazo para el pago de industria y comercio de los meses de abril y mayo, que serán diferidos en los documentos de cobro de julio a diciembre. Es decir que los contribuyentes no recibirán la factura de cobro durante los dos meses de contingencia.
      – Fecha de pago del Impuesto Predial correspondiente al segundo trimestre, que quedó establecida para el 25 de junio para todos los sectores y sin recargo.
      – Fechas de vencimientos para presentar la Declaración Anual de Industria y Comercio. El nuevo ciclo de vencimientos inicia el 15 de mayo para los declarantes que tengan como último dígito de su identificación el 1 y finaliza el 29 de mayo con el 0.
      – Fechas de declaración y pago de impuestos menores: Degüello Menor y Estampilla Pro Cultura. 
      La modificación al calendario tributario se suma al fortalecimiento de los canales virtuales www.medellin.gov.co y HaciendaMed para la atención y trámites de las solicitudes tributarias, con lo que se busca darles garantías a los ciudadanos para que no expongan su salud en el cumplimiento de sus obligaciones.
      La Resolución se puede consultar en el Portal Tributario de la Alcaldía de Medellín, botón normatividad tributaria.
      La Administración Municipal reitera que a través de la página www.medellin.gov.co se presta servicio en línea para la Declaración de Industria y Comercio.  Esta plataforma, además de ser fácil, es segura.
      Por Jefatura de prensa

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      Itagüí beneficia a sus contribuyentes con descuentos tributarios hasta del 80%



      La Alcaldía de Itagüí por medio del Decreto Nº 182 del 30 de enero 2020, otorga descuento a los contribuyentes sobre las sanciones tributarias que van hasta el 80%, con fecha límite al 30 de junio del presente año.
       
      Estos descuentos aplican para los intereses y sanciones de impuestos como Industria y Comercio, Reteica, Impuesto Predial Unificado (para sanciones o deudas por predial aplica la reliquidación de la tasa de interés, según el Art. 20 del decreto Nº 182 del 30 de enero 2020).
       
      Es por esto que la Secretaría de Hacienda adelanta campañas para incentivar y concientizar a los contribuyentes al pago oportuno de sus impuestos, para evitar moras y sanciones. 
       
      “Estamos invirtiendo bien los impuestos de los itagüiseños, generando empleo, garantizando la seguridad y el desarrollo de la ciudad, por eso los invitamos a pagar oportunamente y aprovechar los descuentos y beneficios tributarios”, afirmó el alcalde José Fernando Escobar
       
      Para conocer las condiciones y requisitos para acceder a estos descuentos se puede comunicar al teléfono 373 76 76, extensiones 1184, 1185 y 1519.

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      Más estímulos para la adquisición de taxis eléctricos


      A partir del lunes 7 de octubre se abrirá un nuevo proceso para la postulación a estímulos por la reposición de taxis a combustión por eléctricos.
      En su compromiso con la sostenibilidad y para mejorar la calidad del aire, la Administración Municipal y EPM comenzarán un nuevo proceso para reemplazar taxis antiguos por eléctricos, con la entrega de incentivos económicos a propietarios de taxis matriculados en Medellín.
      Quien aspire a obtener el incentivo de $ 18’300.000 no puede tener sanciones de suspensión o cancelación de licencia de conducción por embriaguez o transporte ilegal durante los dos años anteriores al momento de la inscripción. El vehículo que se va a reponer debe ser con combustión a gasolina o diésel y tener una antigüedad mayor o igual a cinco años.
      Los requisitos y el formulario estarán a partir del lunes, 7 de octubre, y hasta el 30 de noviembre en https://ift.tt/2q3K8xj.
      Actualmente, las empresas de taxis de Medellín entregan beneficios a los afiliados que tienen taxis eléctricos, como meses de administración o aplicaciones y cargas gratuitas.
      La Ley 1964 de 2019, que promueve el uso de vehículos eléctricos en Colombia, otorga incentivos tributarios, descuento del 10 % en el SOAT, reducción en el impuesto vehicular y exención de Pico y Placa y Día sin Carro.
      Recientemente entraron en operación en la capital antioqueña los cuatro primeros taxis eléctricos, que hacen parte de este proyecto.
      La Alcaldía de Medellín y EPM dispusieron recursos para reemplazar 200 convencionales a tecnología ciento por ciento eléctrica. El objetivo es que en los próximos tres años sean 1.500. Con cada uno se evitará, anualmente, la emisión de 13 toneladas de CO2 y de 0,1 kg de PM 2,5, lo que contribuirá a la mitigación del cambio climático y al mejoramiento de la calidad del aire.
      Por Cristian Adarve

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      Más estímulos para la adquisición de taxis eléctricos


      A partir del lunes 7 de octubre se abrirá un nuevo proceso para la postulación a estímulos por la reposición de taxis a combustión por eléctricos.
      En su compromiso con la sostenibilidad y para mejorar la calidad del aire, la Administración Municipal y EPM comenzarán un nuevo proceso para reemplazar taxis antiguos por eléctricos, con la entrega de incentivos económicos a propietarios de taxis matriculados en Medellín.
      Quien aspire a obtener el incentivo de $ 18’300.000 no puede tener sanciones de suspensión o cancelación de licencia de conducción por embriaguez o transporte ilegal durante los dos años anteriores al momento de la inscripción. El vehículo que se va a reponer debe ser con combustión a gasolina o diésel y tener una antigüedad mayor o igual a cinco años.
      Los requisitos y el formulario estarán a partir del lunes, 7 de octubre, y hasta el 30 de noviembre en https://ift.tt/2q3K8xj.
      Actualmente, las empresas de taxis de Medellín entregan beneficios a los afiliados que tienen taxis eléctricos, como meses de administración o aplicaciones y cargas gratuitas.
      La Ley 1964 de 2019, que promueve el uso de vehículos eléctricos en Colombia, otorga incentivos tributarios, descuento del 10 % en el SOAT, reducción en el impuesto vehicular y exención de Pico y Placa y Día sin Carro.
      Recientemente entraron en operación en la capital antioqueña los cuatro primeros taxis eléctricos, que hacen parte de este proyecto.
      La Alcaldía de Medellín y EPM dispusieron recursos para reemplazar 200 convencionales a tecnología ciento por ciento eléctrica. El objetivo es que en los próximos tres años sean 1.500. Con cada uno se evitará, anualmente, la emisión de 13 toneladas de CO2 y de 0,1 kg de PM 2,5, lo que contribuirá a la mitigación del cambio climático y al mejoramiento de la calidad del aire.
      Por Cristian Adarve

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